A la hora proyectar un desarrollo inmobiliario, uno de los aspectos más importantes a analizar es la estructuración jurídica que le queremos dar al negocio.
Existen muchísimos puntos legales importantes sobre los cuáles es preciso hacer foco, para evitar sorpresas inesperadas que nos afecten negativamente.
Con más de 5 años de experiencia asesorando en el desarrollo de loteos para barrios abiertos y cerrados, afirmamos que podemos ayudarte a lograr diseñar ese proyecto que tenés en mente.
Nuestro socio, Criptokuántica, tokeniza proyectos vía Oferta Pública registrados en la CNMV de España. Deuda, equity o mix de ellos, según los tokenomics diseñados para cada proyecto en particular.
Para seguridad y transparencia, los oráculos offchain, a modo de auditores externos, informarán sobre el avance y estado de cada uno.
Tokenizar de manera profesional. Esa es nuestra misión.
¡Consultanos todas tus dudas!
¡Inversiones inmobiliarias con criptomonedas!
Escribí tu propio futuro capitalizándote con un terreno en un barrio abierto o cerrado donde vos y tu familia, puedan vivir en paz.
Ofrecemos lotes desde los 300m2 ubicados en distintos proyectos especfíficamente seleccionados en: Pueblo Esther, General Lagos, Ibarlucea, Piñero y Soldini.
Aceptamos BITCOIN, USDT y USDC para que puedas
acceder a tu primer lote!
⠀
Invertí con nosotros, invertí en vos.
En función de la realidad y circunstancia patrimonial de cada caso, asesoramos sobre las diferentes opciones derivadas de una planificación hereditaria, cuidando que ello no violente el derecho sucesorio establecido por el Código Civil y Comercial.
Para ello se dialogará con los actuales escribanos, abogados o contadores que los asesoran, a efectos de consensuar y optimizar los encuadres notariales, jurídicos y fiscales de cada caso.
Mediante la figura del fideicomiso se planifica la herencia, lográndose evitar los tiempos y costos de toda sucesión, tanto económicos como emocionales. Y no habrá sucesión por la sencilla razón que los bienes aportados al fideicomiso no estarán a nombre del causante.
Así, y durante la vida de los Fiduciantes, se protege el patrimonio familiar de cualquier contingencia jurídica que pudiera suceder por cuestiones profesionales, empresariales, societarias, laborales, fiscales o civiles en general.
Este esquema – FPF – resulta particularmente valorado por aquellas familias con alguno de sus miembros con capacidades especiales, dada la tranquilidad - frente al fallecimiento de sus padres - de contar con un dispositivo de administración del patrimonio que resguarde sus necesidades, cuidados e intereses.
Con esta herramienta jurídica y fiscal se alcanza una mayor calidad de vida,
pero luego trascenderla de manera tranquila y ordenada.
Frente al caso que el cliente disponga de la persona para ejercer el rol de fiduciario (administrador de confianza), brindamos el servicio de auditoría sobre su gestión a efectos de validar su idoneidad y adecuado cumplimiento de las responsabilidades del caso.
Contamos con una sólida experiencia profesional en administración fiduciaria, brindando este servicio desde nuestra compañía cuyo objeto social está focalizado en la Administración de Fideicomisos.
Al momento del fallecimiento de los Fiduciantes, se evita la sucesión entregándose a cada heredero el o los bienes planificados, y en la medida que no afecte el derecho sucesorio.
Así también, evita embargos o inhibiciones de bienes que por cuestiones legales pudiera sucederle a los Fiduciantes.
Deja previsto como actuar y afectar el patrimonio ante cada eventual escenario futuro frente al fallecimiento de algún fiduciante.
A los hijos, evitando donaciones en vida y sucesiones – con sus costos económicos y emocionales – frente al fallecimiento de alguno de los Fiduciantes.
Con las eventuales altas, bajas o modificaciones en la composición del patrimonio se podrá decidir cómo asignar los bienes a cada uno de los hijos, siempre con el debido respeto al derecho hereditario emanado del Código Civil y Comercial de la Nación.
en el país o en el exterior (ya escriturados o con boletos de compraventa).
propias o de terceros, con o sin cotización.
nacional y/o extranjera, en el país y/o en el exterior.
sobre activos de la economía real.
(tractores, cosechadoras, etc.).
a proteger mediante el FPF.
Dadas las ventajas derivadas del aporte de los bienes a la figura de un FPF, los costos notariales y fiscales para dicho traspaso resultan sustancialmente inferiores con relación tanto a los de una compra - venta, como a los de una donación o sucesión.
Contactanos